ICR Invest Control Rating,S.A.
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Certificado de Garantía (*)
ICR Invest Control Rating, S.A. garantiza que se obligará a realizar todas las gestiones legales contenciosas y no contenciosas que considere oportunas para llevar a efecto el recobro de la deuda, a través de su departamento propio de gestión de deudas o de las empresas que designe y de una forma gratuita y sin ningún costo para el cliente, en aquellas operaciones comerciales realizadas por nuestros clientes previamente analizadas por el servicios de ANÁLISIS DE RIESGO, que siendo calificadas de forma positiva, resulten impagadas.

Esta garantía de servicio gratuito será valida siempre que:

1º.- La operación comercial o venta se realice en un tiempo no superior a 30 días desde la fecha del ANÁLISIS DE RIESGO.

2º.- El riesgo asumido sea igual o inferior al manifestado como máximo en el informe de ANÁLISIS DE RIESGO, en el campo Calificación del Importe de Riesgo/ crédito.

3º.- La forma de pago y plazos corresponda a lo indicado en el ANÁLISIS DE RIESGO.

4º.- Se hayan cumplido las observaciones manifestadas en el ANÁLISIS DE RIESGO si estas se han descrito.

5º.- La notificación del impago a ICR se realice dentro de los cuarenta y cinco días posteriores al primer impago.

6º.- Exista documentación suficiente que demuestre la deuda y, en su caso, el impago y no exista una disputa comercial sobre ella.

La presente garantía se extiende para cubrir exclusivamente los costes de abogado y procurador en reclamación judicial de los créditos impagados, siempre que se disponga de base documental conforme al Artículo 812, 1, 1ª. de la LEC y bajo las condiciones arriba estipuladas. En ningún presupuesto quedarán cubiertas por esta garantía la posible condena en costas a la parte actora en el procedimiento judicial. El cliente - parte actora - renuncia en favor de ICR o la empresa designada , a las costas que le pudieran corresponder como condena a la parte demandada en el procedimiento judicial.

* Garantía válida exclusivamente para aquellas operaciones analizadas por ICR a partir del día 1 de Noviembre de 2008.


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